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Félix Bolaños: “La reforma de la Justicia exige negociaciones discretas y pactos públicos”

Félix Bolaños: "La reforma de la Justicia exige negociaciones discretas y pactos públicos"

La Ley Orgánica de medidas de eficiencia del Servicio Público de Justicia ha abierto un intenso debate entre el Gobierno y las principales asociaciones judiciales y fiscales. La norma, impulsada por el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, plantea una reestructuración profunda de la Justicia: crea los Tribunales de Instancia, prioriza los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos (MASC) y modifica el sistema de selección de jueces y fiscales. Sus defensores hablan de modernización; sus críticos, de pérdida de independencia y falta de recursos. L’Endavant publica una entrevista en exclusiva con el ministro en la que defiende la reforma y confía en su aprobación.

P. ¿Qué ha llevado al Gobierno a impulsar esta ley?

R. El objetivo de todas estas reformas es claro: la mayor transformación de la Justicia en décadas. Y para ello hemos emprendido varias reformas normativas que pretenden traer al Servicio Público de Justicia al s. XXI, pero que no hay que confundir entre sí.

Por un lado, el Ministerio consiguió en enero de este año la aprobación parlamentaria de la LO 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia. Con esta norma se modifica de manera muy intensa la planta judicial española, diseñada en sus trazos esenciales en el s. XIX. En este sentido, sustituye los juzgados unipersonales por tribunales de instancia, cada uno de ellos con su oficina judicial, y hace evolucionar los juzgados de paz hacia las Oficinas de Justicia en el Municipio. Su implantación finalizará el 31 de diciembre de este año.

Además, esta norma también supone un impulso muy importante a los MASC, cuya utilización se convierte en condición de procedibilidad para un porcentaje muy alto de procedimientos civiles y mercantiles.

El objetivo de esta norma, que impulsa un proyecto de décadas apoyado por muchos de los ministros y las ministras que me han precedido en el cargo, es uno muy sencillo: hacer que nuestra Justicia sea más ágil, eficaz y cercana a la ciudadanía.

Por el otro lado, algunas de las cuestiones que me pregunta tienen que ver con el Proyecto de LO de ampliación y fortalecimiento de las Carreras Judicial y Fiscal, que se encuentra en la actualidad en tramitación parlamentaria. Esta norma tiene un contenido mucho más poliédrico que la anterior: reforma el sistema de acceso a las Carreras Judicial y Fiscal, prevé una ampliación sin precedentes en las mismas, blinda por ley las Becas Seré, prevé mejoras en la integridad y transparencia del Poder Judicial, etc. Su objetivo es realizar la primera actualización global de la LOPJ desde su aprobación, hace 40 años. Y dicha actualización pretende que nuestro Poder Judicial sea más fuerte, diverso e íntegro, es decir, el Poder Judicial que reclama una sociedad como la española, plural y exigente en términos de igualdad de oportunidades, excelencia y estándares éticos.

El objetivo de todas estas reformas es claro: la mayor transformación de la Justicia en décadas. Traer al Servicio Público de Justicia al s. XXI


P. El Ejecutivo defiende que se trata de una reforma necesaria para modernizar la Administración de Justicia y hacerla más ágil. Sin embargo, varias asociaciones de jueces y fiscales —la APM, la Asociación de Fiscales, la Asociación Judicial Francisco de Vitoria, el Foro Judicial Independiente y la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales— han advertido que el texto “modifica profundamente los procesos de selección y supone una vuelta atrás de 30 años, incrementando la subjetividad en la evaluación de jueces y fiscales”.
¿Cuáles son las razones del ministro y del Gobierno?

R. Esta crítica se dirige al PLO de ampliación y fortalecimiento de las Carreras Judiciales y Fiscales, y no a la LO 1/2025. Es una crítica falsa. Es cierto que el proyecto pretende modificar el procedimiento de acceso a estas carreras, pero sin afectar a la objetividad de las pruebas, y en todo caso para mejorarlo. Por eso se hace respetando el sistema en sus líneas generales (manteniendo la primera prueba tipo test, una prueba memorística oral…) e introduciendo algunas modificaciones. Se sustituye una segunda prueba memorística oral por la elaboración de un dictamen (que, además, será anonimizado previamente a la corrección) y se garantiza que los exámenes orales sean grabados para permitir su revisión.

Son modificaciones razonables (pues los jueces y fiscales, en su día a día, no cantan temas, sino que aplican el Derecho a casos concretos), y que hacen que el procedimiento sea más exigente (pues un candidato tendrá que demostrar competencias más diversas antes de ser seleccionado) y no menos objetivo.

El proyecto también hace otra cosa a este respecto: garantiza la igualdad de oportunidades en el acceso a estos cuerpos, fundamentalmente por dos vías: blindando por ley las Becas Seré, para que la posibilidad de preparar las oposiciones no dependa de la renta familiar sino exclusivamente del esfuerzo y de la capacidad; y convirtiendo al Centro de Estudios Jurídicos en un centro público de preparación, desde el que operarán los preparadores que se presenten a la convocatoria en cuestión.

La independencia judicial en España no es un problema. Dicho esto, creo que actualizar tanto las estructuras como los procedimientos del Poder Judicial lo único que hace es reforzar su posición, mejorando la percepción social del mismo.


P. ¿Hasta qué punto la nueva norma puede reforzar la independencia judicial, la eficiencia del sistema y la protección de los derechos de los ciudadanos?

Felix Bolaños
Félix Bolaños

R. La independencia judicial en España no es un problema, y así lo atestiguan los sucesivos informes tanto de la Comisión Europea como del GRECO. Dicho esto, creo que actualizar tanto las estructuras como los procedimientos del Poder Judicial lo único que hace es reforzar su posición, mejorando la percepción social del mismo.

Las distintas reformas que promueve el Gobierno en esta materia, y muy especialmente la LO 1/2025, sí que inciden en una mejora de la eficiencia del Servicio Público de Justicia, que es ya uno más digital, flexible y ágil. Esto último, indiscutiblemente, supone una mejor tutela de los derechos de los ciudadanos, que están viendo ya cómo sus pleitos y solicitudes se resuelven de manera más rápida o cómo pueden llevar a cabo una pluralidad de actuaciones relacionadas con la Justicia desde su propio municipio, sin necesidad de desplazarse.

P. Uno de los cambios más relevantes es la creación de los Tribunales de Instancia, que sustituirán a los actuales juzgados y serán mucho menos numerosos. ¿Cuál es el objetivo de esta transformación? ¿Existe el riesgo de que, en lugar de agilizar los procesos, los retrase?

R. Efectivamente, uno de los resultados más tangibles de la Ley de Eficiencia es la sustitución de los 3.900 juzgados unipersonales, cada uno con su apoyo administrativo particular, por 431 tribunales de instancia, donde todos los jueces de un partido judicial trabajarán juntos asistidos por una única oficina judicial común. Cada uno de estos Tribunales de Instancia se divide en secciones, especializadas por razón de la materia, desde las que los jueces seguirán ejerciendo su potestad jurisdiccional de manera completamente individual.

Este cambio supone homologarnos con la mayoría de los países de nuestro entorno, en los que la primera instancia jurisdiccional se presta ya desde órganos colegiados. Además, es una organización que permite alcanzar finalidades bien tangibles: especialización, agilidad, homogeneización y flexibilidad.


P. La ley también prevé la puesta en marcha de las Oficinas Judiciales. ¿Habrá más personal y recursos para estos nuevos servicios? ¿Qué ventajas aportan estas nuevas Oficinas respecto a la estructura actual?

R. Hay que destacar que el modelo de oficina judicial ya estaba, al menos teóricamente, implantado en nuestro país. Sin embargo, el grado de implantación real del mismo era muy variable en función de las distintas comunidades autónomas. Lo que hace la Ley de Eficiencia es obligar a que este modelo se implante definitivamente en todo el territorio.

Por tanto, cada Tribunal de Instancia contará con una oficina judicial, que le prestará todo el soporte administrativo, sin distinciones entre secciones, plazas judiciales u órdenes jurisdiccionales.


P. Otro de los ejes de la reforma es acercar la Justicia al ciudadano mediante un proceso de descentralización. ¿Cómo se llevará a cabo esa descentralización y qué efectos prácticos puede tener en la vida de las personas?

R. Efectivamente, dicha descentralización se produce fundamentalmente a través de las actuales Oficinas de Justicia en el Municipio. Estas oficinas, de las que habrá 7.701 en toda España al finalizar 2025, son la verdadera puerta de acceso al Servicio Público de Justicia, haciendo que una pluralidad de servicios de la Administración de Justicia se presten directamente en ellas. Servicios tan diversos como la conexión telemática con tribunales, de manera segura, por ejemplo, para intervenir en un procedimiento o para obtener copias de procedimientos judiciales; la conexión con otros organismos relacionados con la Justicia, como las oficinas de asistencia a las víctimas del delito o las gerencias territoriales del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes; la obtención de certificados, como los de antecedentes penales, de comisión de delitos de naturaleza sexual o de últimas voluntades; o el acceso al Registro Civil, pudiéndose realizar todos los trámites de manera remota (obtener certificados -de matrimonio, nacimiento…-, tramitar expedientes, etc.).

Es evidente que acercar todos estos servicios a los municipios hace, por un lado, que la ciudadanía sienta al Servicio Público de Justicia como algo más próximo, lo que incrementa su legitimidad social. Además, la cercanía facilita el acceso a la Justicia, sin que ello impacte la situación social o generacional de la persona.


P. Entre las principales novedades figuran los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos (MASC), como la mediación o la conciliación. ¿Servirán para agilizar los procedimientos o se convertirán en un paso burocrático más? ¿Podrían además encarecer el acceso a la justicia o favorecer a quienes disponen de mayores recursos económicos?

R. El recurso preceptivo a un MASC antes de judicializar un conflicto privado tiene un presupuesto básico, que pasa por entender que un acuerdo aceptado voluntariamente es siempre mejor que una solución impuesta por un tercero. Evidentemente, el acuerdo no es siempre posible, por eso queda abierta la posibilidad de solución judicial. Pero es importante que cultivemos la cultura del pacto, que como sociedad madura asumamos nuestro papel activo en la solución de conflictos.

En ese sentido, me parece que estamos ante algo que no es un “paso burocrático más”, es un paso responsable que pretende una mejor solución de las controversias sociales. Además, es indiscutible que se trata de una medida que, de manera refleja, tiene la bondad de descargar parcialmente de trabajo al Poder Judicial, ya que las controversias que queden cerradas en fase prejudicial ya no accederán al sistema de justicia, que podrá concentrarse en el resto de pleitos.

Las personas que carecen de recursos económicos y, por tanto, tienen derecho a la justicia gratuita, también tienen derecho a un abogado que cumpla el trámite relativo al MASC.

Y, hablando de esta cuestión, quiero destacar que en estos momentos se está trabajando en una reforma de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita así como de su Reglamento de desarrollo que, entre otras muchas cuestiones, pretende estimular el éxito de los MASC, fijando una minuta superior para el abogado en caso de acuerdo.

Que el Ministerio Fiscal instruya los delitos no debilitará los derechos de las personas, sino que los fortalecerá. Tampoco es un retroceso en la independencia judicial, que sigue intacta.


P. Otro punto polémico es que la policía judicial pasará a depender de la Fiscalía y no del juez de instrucción. ¿Supone esto un avance en eficiencia o un retroceso en independencia judicial?

R. Aquí aparece una crítica que tiene que ver con un tercer proyecto clave de la acción legislativa del Ministerio: la aprobación de una nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, que venga a sustituir a la anterior, de 1882, y que será enviada a las Cortes en las próximas semanas.

Uno de los puntos clave de esa nueva Ley es la de conferir la instrucción penal al Ministerio Fiscal, por lo demás, generalizando lo que ya sucede en España en algunos casos (en la jurisdicción de menores y en los casos competencia de la Fiscalía Europea) y equiparándonos con la práctica totalidad de los países de nuestro entorno.

Por supuesto, si un fiscal investiga un delito, tiene que tener a su disposición a la policía judicial, faltaría más. Pero ello no es ni un avance en eficiencia, pues no es eso lo perseguido por este cambio, sino otorgar mayor racionalidad al procedimiento penal y, de paso, maximizar el principio de presunción de inocencia (que es mucho más fuerte cuando quien investiga inicialmente y quien juzga definitivamente pertenecen a distintos cuerpos, evitándose lógicas corporativas).

Tampoco es un retroceso en la independencia judicial, que sigue intacta en la medida en que, como no puede ser de otra manera, el enjuiciamiento de los delitos se seguirá haciendo por un juez al que en nada le afecta el cambio en la instrucción.


P. La norma también incorpora la figura del magistrado de garantías de la instrucción. ¿Qué papel tendrá y de qué manera influirá en la protección de los derechos durante la fase de investigación?

R. Efectivamente, que el Ministerio Fiscal instruya los delitos no debilitará los derechos de las personas, sino que los fortalecerá. Todas las medidas de investigación que impliquen una afectación a derechos fundamentales tendrán que ser autorizadas por un juez de garantías, que será el único competente para ello.

Es un proceder que, de nuevo, se utiliza en todos los países de nuestro entorno y que maximiza la posición jurídica de todos los ciudadanos que, incluso estando investigados por la comisión de un delito, no pueden ver menoscabados sus derechos fundamentales sin intervención judicial. Y ahora esa garantía depende de dos personas diferentes: el fiscal, sometido a la ley, y el juez de garantías, que vela por los derechos fundamentales.


P. El texto plantea además cambios en el sistema de selección y formación de jueces. ¿Estos cambios harán el proceso más equitativo o, por el contrario, pueden restarle rigor y acabar degradando la calidad de la formación judicial?

R. Como ya he explicado antes de manera mucho más detallada, los cambios que se producen en el sistema de acceso a las Carreras Judicial y Fiscal (a través del proyecto de LO de ampliación y fortalecimiento de las Carreras Judicial y Fiscal) pretenden racionalizar el procedimiento de selección de los jueces y fiscales, hacer que el procedimiento sea más exigente, y hacerlo más igualitario.

En definitiva, pretendemos mejorar el proceso. Nada de esto puede entenderse como una forma de menoscabo del rigor o de degradación de la calidad de la formación judicial. Cualquier persona razonable lo entendería en el sentido contrario, y estoy seguro de que la amplísima mayoría de la ciudadanía lo hará.


P. El Gobierno sostiene que la ley busca agilizar el funcionamiento de la Justicia y reducir costes. ¿Existe una memoria económica que avale la viabilidad de estas medidas y garantice los recursos necesarios para aplicarlas?

R. Por supuesto, como cualquier otra norma, la tramitación de la Ley de Eficiencia implicó su análisis, también desde un punto de vista económico. Por cierto, la Memoria de Análisis de Impacto Normativo destacó que la Ley de Eficiencia tenía un impacto económico positivo. Siguiendo con esta idea, los costes de la implantación de esta ley deben ser vistos no como un gasto sino como una inversión.

El Ministerio ha transferido a las comunidades autónomas con competencia en materia de Justicia más de 325 M€. Se estima que la inversión inicial para la implantación del nuevo modelo es de algo menos de 3,5 M€ para el Ministerio y poco más de 15 M€ para las comunidades autónomas con competencias. En contraste, en los próximos 10 años este nuevo modelo implicará un ahorro de casi 65 M€ en el territorio Ministerio y más de 290 M€ en las comunidades con competencias.

Todos estos datos indican que el nombre de la ley no es fruto del azar y que vamos hacia un Servicio Público de Justicia mucho más eficiente también en términos económicos.


P. Esta propuesta llega en un contexto sensible: el Fiscal General del Estado está procesado y el Ejecutivo ha mostrado críticas hacia algunos jueces. ¿Cree que este clima puede influir en el debate parlamentario y dificultar su aprobación?

R. Creo que mezclar la actualidad política con las reformas del Sistema Público de Justicia es una trampa que en el fondo pretende el puro inmovilismo en este campo, que tanto se ha practicado en las últimas décadas.

Mi visión es radicalmente contraria: la transformación de la Justicia no puede esperar más, por eso, como venimos hablando, el Ministerio está liderando un conjunto de reformas de manera simultánea que pretenden traer a nuestro Sistema Público de Justicia al s. XXI, asimilándolo al de los países de referencia en nuestro entorno.

Los grupos parlamentarios tienen que ser responsables en esto y decidir si juegan a grande, compartiendo nuestra hoja de ruta (que implica la mejora de un servicio público esencial para la ciudadanía), o prefieren jugar a chica e intentar sacar un provecho político ínfimo frenando estas reformas imprescindibles, es decir, perjudicando a nuestros conciudadanos y, especialmente, a los más vulnerables.

Me gusta usar la fórmula de ‘negociaciones discretas, pactos públicos’ que sin duda ha dado buen resultado: prueba de ello son las 44 iniciativas legislativas aprobadas hasta la fecha y el respaldo obtenido en torno al 90 % de las votaciones celebradas en el Pleno del Congreso.


P. Y, finalmente, ¿cuenta el Gobierno con la mayoría suficiente para sacar adelante esta ley?

R. En esta legislatura contamos con el Parlamento más fragmentado de la historia democrática de nuestro país. Sin embargo, no debemos confundir fragmentación con inestabilidad.  Saben que me gusta usar la fórmula de ‘negociaciones discretas, pactos públicos’ que sin duda ha dado buen resultado: prueba de ello son las 44 iniciativas legislativas aprobadas hasta la fecha y el respaldo obtenido en torno al 90 % de las votaciones celebradas en el Pleno del Congreso. Por lo que seguimos negociando y estoy seguro de que los proyectos que están pendientes de aprobación saldrán adelante con un gran apoyo de la Cámara.

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